Entra en vigor el registro de alquiler turístico y de temporada

La norma obligará a los propietarios a obtener un número de registro para operar en plataformas un arrendamiento de corta duración.

Será efectivo a partir del próximo 1 de julio, momento a partir del cual los arrendadores deberán obtener un número de registro para poder ofrecer un alquiler de corta duración en las plataformas digitales.

La norma operará sobre los alquileres turísticos, los alquileres de temporada, los alquileres de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración y que conlleven una remuneración económica, siempre y cuando se oferten a través de plataformas en línea transaccionales.

Puedes leer la noticia completa en el siguiente link:
https://www.idealista.com/news/vacacional/alojamientos/2025/01/02/826394-entra-en-vigor-el-registro-de-alquiler-turistico-y-de-temporada

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